Liquidá montos en mora y reclamos judiciales con las principales tasas y criterios de los tribunales de Argentina.
Evaluá cómo varía el resultado final según el fuero o tribunal donde radique la causa:
| Criterio Judicial | Tasa Acumulada | Intereses | Total Liquidado |
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La CSJN declaró inconstitucional el anatocismo acumulativo del Acta 2764. La Cámara Laboral respondió con el Acta 2783/2784 fijando ajuste por el IPC oficial del INDEC más un 3% o 6% de tasa pura anual.
En la Justicia Nacional en lo Civil rige mayoritariamente la Tasa Activa del Banco Nación para préstamos a 30 días, salvo que su aplicación provoque una alteración del significado económico del crédito.
La Suprema Corte bonaerense ratificó en los fallos "Cabrera" y "Barrios" la aplicación de la Tasa Pasiva más alta fijada por el Banco Provincia a través de medios electrónicos (BIP).
El anatocismo es la capitalización de intereses (cobrar intereses sobre intereses ya devengados). El artículo 770 del CCCN prohíbe el anatocismo como regla general, autorizándolo únicamente cuando: a) una cláusula expresa lo autorice; b) la obligación se liquide judicialmente y el deudor sea moroso en pagarla tras la intimación; o c) se notifique la demanda judicial.
Cuando el juez o tribunal cuantifica una indemnización a "valores actuales" (por ejemplo, el daño moral o el costo de reparación de un vehículo cotizado al momento de la sentencia), no corresponde aplicar tasas activas que contengan componente inflacionario, sino una tasa de interés puro moratorio para evitar un doble cómputo de la inflación.
Porque mientras los juzgados nacionales aplican tasas activas (lo que el banco cobra por prestar dinero) o actualización por IPC, la provincia de Buenos Aires se rige por la doctrina legal obligatoria de la SCBA que impone tasas pasivas (lo que el banco paga por depósitos a plazo fijo), lo cual suele arrojar montos finales sensiblemente menores.